domingo, 10 de abril de 2011

10 Vid. SATORRAS FIORETTI, Rosa María, Lecciones de Derecho eclesiástico del Estado, Editorial Bosch, 2000, Barcelona, pág 155-156, y al respecto también consultar STC 25/1981, de 13 de febrero, como señala correctamente la autora sobre el alcance de este precepto consitucional en los centros de enseñanza de caracter privado (o asimilados); Vid. de igual manera SOUTO PAZ, Jose Antonio, Derecho eclesiástico del Estado: el derecho de la libertad de ideas y creencias, Marcial Pons, 1992, Madrid, Pág. 90-91 y 155-156 y STC 5/1981, de 13 de febrero, sobre los límites del adoctrinamiento religioso y moral en los centros escolares.

La parte que más ODIO de hacer trabajos para la universidad es que un párrafo de 20 líneas lleva unas 3 o 4 notas al pie de este estilo.

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